Sin revictimizar y culpabilizar a la mujer, se construye una sociedad diferente
En vez de dignificar a la mujer, muchas personas y medios de comunicación revictimizan, irrespetando su dignidad. Ese respeto y dignidad debe permanecer incluso en los medios

Diferentes medios de comunicación independientes y oficialistas, cuando hay casos de violencia, en muchos de los casos, re victimizan a la mujer cuando es la víctima. Para la defensora de los derechos de las mujeres, Leonila Arguello, revictimizar a las mujeres sobrevivientes de violencia o de abuso sexual “es una conducta muy inadecuada”.
El análisis de Arguello, destaca que es importante cuidar la imagen y dignidad de la mujer «una persona que ha vivido violencia ya es una víctima de la violencia, cuando ella habla pasa de su papel de víctima a un papel de sobreviviente de violencia, debemos aprender a sacar a las personas de ese papel de víctima».
“Es importante que se aborde y se traten las informaciones con delicadeza, sin revictimizar y culpabilizar, así vamos a construir una sociedad diferente, una que respete”, concluyó Arguello.
En Nicaragua según su la legislación nacional vigente se verificó y confirmó que no existe una ley específica que regule los medios de comunicación, sin embargo, los medios de comunicación están obligados a respetar.
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En Nicaragua los medios de comunicación televisivos enfocan sucesos y hechos de violencia con un tratamiento indebido, porque al dar la noticia utilizan un lenguaje despectivo, haciendo valoraciones subjetivas calificando o descalificando sin haber realizado una investigación previa, y muestran imágenes sin autorización que reflejan el cuerpo de los difuntos, los lesionados, el dolor, y la humillación.
El derecho a la vida privada se encuentra regulado en el inciso 1 del artículo 26 de la Constitución Política nicaragüense. Allí aparecen regulados los derechos individuales de las personas que corresponden a: respeto de su honra y reputación, a conocer toda información que sobre ella se haya registrado en las entidades de naturaleza privada y pública, así como el derecho de saber por qué y con qué finalidad se tiene esa información, a la inviolabilidad de su domicilio, su correspondencia y sus comunicaciones.