Les acusan de lavado de activos y otros delitos, por hacer oposición al gobierno Ortega Murillo

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Radio Vos
2:20 pm
28/02/2022
Matagalpa, Nicaragua

Por el supuesto delito de “conspiración para cometer menoscabo contra la integridad nacional”, bajo la Ley 1055 o “Ley de Soberanía”. Fueron juzgados y condenado falsamente; Félix Maradiaga, Violeta Granera, Arturo Cruz, Juan Sebastián Chamorro, Tamara Dávila, José Pallais, y José Adán Aguerri.

Mientras tanto el gobierno Ortega Murillo se prepara para otra farsa judicial en contra de la nicaragüense Cristiana Chamorro Barrios, expresidenta de la Fundación Violeta Barrios de Chamorro (FVBCH), quién está siendo acusada de supuestos delitos de apropiación y retención indebida, que se suma al supuesto lavado de dinero, bienes y activos y gestión abusiva.

En esta acusación, el gobierno también menciona y acusa a trabajadores y asociados de la fundación, muchos de estos son comunicadores y periodistas. Para el abogado y defensor de derechos humanos Gonzalo Carrión del Colectivo de derechos humanos Nicaragua Nunca +, dice que las nuevas acusaciones son “la continuación de la represión” que ejecuta el régimen de Ortega, “que usa las instituciones del Estado para aplicar acusaciones que ellos mismos fabrican como una venganza contra voces opositoras o críticas”.

En este sentido, Daniel Ortega y su gobierno también ha utilizado contra la oposición las leyes Ley 1055 o Ley de Defensa de los Derechos del Pueblo a la Independencia, la Soberanía y Autodeterminación para la Paz, mejor conocida como “Ley de Soberanía”, y la Ley Especial de Ciberdelitos, conocida como “Ley Mordaza”, que penaliza a quien difunda “noticias falsas”, esta última implementada para censurar la libertad de expresión de civiles y periodistas independientes.

Para los especialistas en la materia la figura de lavado de dinero, aprobada por el Estado de Nicaragua no se está implementando para los fines establecidos, prevenir el delito de lavado de dinero, pero si se está utilizando para destruir las integridades de decenas de ciudadanos y ciudadanas nicaragüenses que buscan contribuir a la mejora del país…

Para Juanita Jiménez, defensora de derechos humanos, abogada y feminista “es la continuidad de una farsa política y judicial” mientras que, para Juan Carlos Arce, del Colectivo de Derechos Humanos Nicaragua Nunca + es una “aberración total” que genera “dolor y profunda tristeza” con un poder judicial que “no es cómplice, sino parte del engranaje político represivo que sostiene a Ortega en el poder”.

Según otros análisis de destacados expertos en temas de prevención de lavado de activos, y haciendo referencias a las acusaciones que emplea el gobierno, el marco jurídico en materia de prevención actualmente es muy viejo, y con una institucionalidad endeble y altamente cuestionada. Debido a que muchas de las leyes aprobadas recientemente no han tenido un proceso de consulta real, seguido de que carecen de constitucionalidad y no garantizan derechos humanos.

En síntesis, para que el gobierno pueda ejercer una acusación en contra de cualquier actor social debe gozar de credibilidad en el sistema de Prevención de Lavado de Activos (PLA) para no perjudicar la lucha contra el Lavado de Activos (LA). Sin embargo, Ortega ha hecho todo lo contrario manipulando el sistema y acusando a personas naturales.

Aunque las Oenegés no son sujetos obligados según la ley 977, tienen deberes de prevención de lavados de dinero reglamentándose ante el Ministerio de Gobernación (MIGOB). El GAFI recomendó a Nicaragua que estaba bien incluir a las organizaciones sin fines de lucro dentro del marco jurídico, pero relacionado a riesgos, no así en lavados de activos. Porque solamente se deben regular cuando estén bajo riesgo de financiamiento al terrorismo.

Aunque Las organizaciones no gubernamentales como la Fundación Violeta Barrio de Chamorro (FVBCH), conocían y respetaban muy bien los deberes del las ONG según la ley 977 art.38, te los compartimos en este artículos para que también sean de tu conocimiento.

Algunos de los deberes de las Organizaciones no Gubernamentales que debes saber según la ley 977 art.38

1.    Realizar operaciones financieras a través de canales financieros regulados.

2.    Aplicar la regla “conozca a sus beneficiarios y OSFL asociadas”, consistentes en:

a.    Verificar la identidad y la buena reputación de sus beneficiarios y de sus OSFL asociados.

b.    Documentar la identidad de sus proveedores de fondos y respetar su confidencialidad.

3.    Llevar contabilidad formal de su patrimonio, con sistemas contables generalmente aceptados y conformes las disposiciones tributarias vigentes en el país.

4.    Cumplir con los requisitos establecidos para la recepción de donaciones orientadas por la entidad de regulación, supervisión y sanción.

5.    Conservar por un período de al menos diez años lo siguiente:

a.    Estados financieros anuales con desgloses detallados de ingresos, egresos y donaciones, contados desde la fecha de aprobación de los mismos.

b.    Los registros de las transacciones locales e internacionales, contados dcesde la fecha de efectuada la transacción.

6.    En caso de disolución de las OSFL los libros contables de actas y de registros de miembros serán depositados ante su respectiva entidad de regulación.

Entonces ¿por qué el gobierno utiliza el delito de lavado de activos para criminalizar a las organizaciones?

La respuesta es muy simple, lo hace para crear un impacto mediático, legal y social al calificarlas de lavadoras de dinero y buscar restar credibilidad y confianza ante la sociedad nicaragüense. Por otro lado, buscan callar las voces frente a denuncias sobre derechos humanos y eliminar los beneficios que generan. También lo hicieron para crear un impacto económico robando sus activos en cuentas bancarias, dejar en el desempleo a muchas personas y cortar los flujos de cooperación internacional.


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